Fecha de inicio: 29 de julio de 2025
Fecha límite: 29 de agosto de 2025
Convocante: Ayuntamiento de Hondarribia
Recomendamos confirmar los plazos de las subvenciones en la convocatoria publicada por la administración.
Convocatoria de subvenciones a Organizaciones No Gubernamentales para financiar programas de cooperación con los países en vías de desarrollo. 2025. Disposición: Decreto del Sr. concejal delegado del área n.º 2025/2177 de 11 de julio de 2025.
Aprobada definitivamente la Ordenanza Municipal de Concesión de Subvenciones y su anexo lll, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones a organizaciones no gubernamentales
para financiar programas de cooperación con los países en vías de desarrollo que fueron publicados en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa número 143, de 29 de julio de 2020.
Primero. Proceder a la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva de las subvenciones a organizaciones no gubernamentales para financiar programas de cooperación con los países en vías de desarrollo, de conformidad con las bases correspondientes al anexo III de la citada ordenanza de concesión de subvenciones.
Las subvenciones se destinarán a financiar proyectos y actividades específicas, realizadas o por realizar durante los años 2024 y 2025.
Segundo. Podrán optar a estas ayudas las organizaciones o instituciones No gubernamentales legalmente constituidas, sin ánimo de lucro, cuyas actividades coincidan con el objeto de ésta convocatoria y con representación en Gipuzkoa.
Tercero. El importe máximo de las subvenciones a conceder asciende a la cantidad de 216.000 €, con cargo a la partida presupuestaria 1 0208.481.01.230.00 2025.
Cuarto. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL de Gipuzkoa.
Quinto. Las solicitudes de subvención y la documentación correspondiente se presentarán electrónicamente, a través del Registro de Entrada de la página web municipal. Las solicitudes deberán incluir la documentación señalada en el artículo 4 del anexo III de la ordenanza, disponible, junto con los formularios de solicitud, en la página web del Ayuntamiento.
1. Solicitud: Para la presentación de la solicitud de subvención, deberán aportarse los siguientes documentos debidamente cumplimentados:
- Formulario de solicitud de subvención (modelo A).
- Ficha del proyecto (anexo 1).
2. Justificación: Para la justificación de la subvención concedida, deberá presentarse la siguiente documentación, cumplimentada correctamente:
- Hoja de justificación de la subvención (modelo B).
- Anexo 2: Estado de ingresos y gastos.
- Anexo 3: Relación de facturas y justificantes de pago.
Sexto. Las solicitudes serán examinadas por el/la técnico del departamento de Servicios Sociales, pudiendo solicitar la colaboración con una organización no gubernamental, no participante
en el concurso, para elaborar el correspondiente informe. Será la Comisión de Valoración de Servicios Sociales, que se designe quien, en base a ese informe, efectuará las correspondientes propuestas, elevándolas al órgano competente para su resolución.
Séptimo. La valoración de las solicitudes se hará en base a los criterios indicados en el artículo 6 del anexo III de la ordenanza.
Octavo. El plazo máximo para la resolución y notificación expresa será de seis meses, Contado desde la finalización del plazo de presentación de instancias y se notificará a las entidades interesadas conforme a lo establecido en el artículo 41 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones. La resolución pondrá fin a la vía administrativa.
Noveno. El abono de las subvenciones concedidas se realizará mediante el sistema de pago único como anticipo a justificar.
Décimo. No habrá posibilidad de reformulación de solicitudes.
Undécimo. En todo lo demás se estará a lo dispuesto en la normativa vigente; Ordenanza Municipal Reguladora de Subvenciones en vigor y su anexo I; la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás normativa concordante.
Hondarribia, a 22 de julio de 2025.
El alcalde, Igor Enparan Araneta.